K-REACH

La Ley modificada sobre registro y evaluación, etc. de sustancias químicas en Corea del Sur (conocida como K-REACH) entró en vigencia el 1 de enero de 2019. Sí. Lubrizol se ha venido preparando activamente para la implementación de K-REACH y ha desarrollado un inventario integral de sustancias que se incluyen en los productos importados o fabricados en Corea. 

La primera fase clave de la ley K-REACH modificada será la notificación previa de las sustancias químicas existentes1 importadas o fabricadas en Corea en 1.0 toneladas/año o más. La presentación de una notificación previa tiene por objeto permitir que los potenciales solicitantes aprovechen los acuerdos de transición para el registro de sustancias, así como para ayudar al Ministerio de Medioambiente de Corea a identificar posibles socios para el Foro de Intercambio de Información de Sustancias (FIIS) y el registro conjunto. 

Lubrizol ha decidido informar previamente todas las sustancias elegibles que producimos y/o importamos a Corea del Sur. Para los clientes, las entidades legales de Lubrizol no pertenecientes a Corea que suministran productos a su compañía designarán a Lubrizol Corea como su único representante para asumir las responsabilidades en torno a K-REACH que tienen los importadores de Corea.    

La intención de Lubrizol de completar las actividades de registro1 depende de diversos factores y llevará un tiempo realizar una evaluación. Sin embargo, podemos confirmar que actualmente no hay planes para reformular o interrumpir ningún producto que se le haya suministrado por las recientes modificaciones de K-REACH y, además, no creemos que esta situación cambie en el futuro inmediato. Si hay cambios en nuestros planes de suministro como resultado de K-REACH, informaremos a los clientes lo antes posible y trabajaremos con ellos para minimizar el impacto de nuestra decisión.  
 

1  Se aplican las siguientes fechas límites de inscripción para las sustancias existentes: 

  1. 31 de diciembre de 2021 para las sustancias (a) incluidas en la lista CMR (carcinogénico, mutagénico o tóxico para la reproducción) y fabricadas o importadas a un índice de 1 toneladas/año o más, o (b) las sustancias fabricadas o importadas a un índice de 1000 toneladas por año o más
  2. 31 de diciembre de 2024 para las sustancias fabricadas o importadas a un índice de 100 toneladas/año o más
  3. 31de diciembre de 2027 para las sustancias fabricadas o importadas a un índice de 10 toneladas/año o más
  4. 31 de diciembre de 2030 para las sustancias fabricadas o importadas a un índice de 1 toneladas/año o más